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DE TUGURU LLC, CAGUAS, PUERTO RICO
Tugurú, LLC. es un empleador que ofrece igualdad de oportunidades y no discrimina por motivos de raza, credo, religión, origen nacional o condición social, sexo, edad, condición militar, discapacidad física o información genética. Esta política incorpora por referencia o cuando sea aplicable:
Artículo II, Sección 1 de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.
Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 El artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (Ley Pública 93113) garantiza a las personas con discapacidad los mismos derechos y oportunidades de que disfrutan los demás ciudadanos. Establece que todas las entidades públicas y privadas que reciban fondos federales no pueden discriminar, por razón de impedimento de las personas, para limitar o excluir su participación en cualquier programa de actividades que lleven a cabo. En 1990, el Congreso de Estados Unidos aprobó la Ley Pública 101336: "Ley de Estadounidenses con Discapacidades" (ADA). La ley ADA pretende eliminar el régimen contra las personas con discapacidad, especificar la igualdad de oportunidades en el empleo, el acceso a los servicios públicos y fomentar la plena participación, la vida independiente y la autosuficiencia económica de las personas con discapacidad. Estipula que los centros educativos darán acceso a las personas con necesidades especiales a todos sus programas académicos e institucionales.
Título IX de las Enmiendas a la Ley de Educación de 1972 Esta ley prohíbe la discriminación por sexo de estudiantes o empleados. Incluye áreas como: admisiones, acceso a programas de estudio, orientación, educación física, ayuda financiera, actividades extracurriculares y empleo.
Cualquier otra ley o reglamento local, estatal y federal que se aplique a partir de esta fecha o en el futuro.
Las disposiciones contenidas en esta Política de No Discriminación entrarán en vigor inmediatamente después de que el Consejo de Administración las apruebe.
Esta es la Política de No Discriminación de Tuguru LLC, según aprobada por la Junta de Directores el 30 de octubre del 2020, en Caguas, Puerto Rico.